INGENIO
El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio aprobaba este lunes, 29 de febrero, en el último Pleno ordinario celebrado en las Casas Consistoriales, diversas modificaciones de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Con el propósito de adaptar la mencionada Ordenanza, vista la situación general del municipio y en aras de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Ayuntamiento de Ingenio ha procedido a modificar el tipo de gravamen en los bienes inmuebles rústicos, el cual baja del 0.70 al 0.60%. Se mantienen al 0.40% el tipo de gravamen en los bienes inmuebles urbanos ya que los mismos ya están al mínimo que establece la ley, y también se mantiene el de los Bienes inmuebles de características especiales al 1.30%. Esta modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2017.
Por otro lado, se introducen nuevas normas de gestión para la no exigencia del interés de demora en los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pagos solicitados en período voluntario, deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva y cuyo pago total se produzca en el mismo ejercicio de su devengo. Con esta modificación, los vecinos y vecinas que se acojan al fraccionamiento de su recibo se beneficiarán de la no aplicación del 5% de interés y además, amplían el plazo de pago de su recibo en dos meses.
El periodo de pago del IBI abarca del 4 de agosto al 4 octubre si se abona en su totalidad, mientras que con esta modificación se puede dividir en 4 meses (septiembre, octubre, noviembre, diciembre) facilitando así el pago a los vecinos/as con más dificultades. Esta modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Desde la Concejalía de Economía y Hacienda que dirige Ana Hernández se quiere recordar a la ciudadanía que se puede utilizar también la modalidad del PAGO PERSONALIZADO. El mismo permite hacer entregas a cuenta desde el 1 de enero y tener liquidado la totalidad del recibo cuando éste le llegue.
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